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Nuevo plan de pagos para pymes, monotributistas y ONG

El organismo recaudador habilitó un régimen especial para regularizar deudas impositivas y de la seguridad social con tasa de 2,75% mensual, aunque especialistas piden plazos más largos para aliviar a las empresas.

Por Administrador 1 min de lectura25 visualizaciones
Nuevo plan de pagos para pymes, monotributistas y ONG

Un nuevo régimen especial de facilidades de pago quedó habilitado para aliviar la situación fiscal de pequeñas y medianas empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro. La normativa, oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, busca fomentar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en sectores considerados clave para el empleo y la actividad económica regional.

Quiénes pueden acceder

El beneficio alcanza a tres grupos de contribuyentes:

  • Mipymes que cuenten con el certificado Mipyme vigente al momento de realizar el trámite.
  • Pequeños contribuyentes, es decir personas humanas y sucesiones indivisas categorizadas como tales en el sistema registral.
  • Entidades sin fines de lucro, entre ellas asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, iglesias y otras organizaciones religiosas registradas ante el organismo.

Según explicaron especialistas contables, el plan permite incluir obligaciones del sistema de seguridad social, aportes y contribuciones, impuestos adeudados y saldos de declaraciones juradas. Quedan afuera, en cambio, las cuotas de planes de pago que ya estén vigentes.

Condiciones, plazos y reclamos del sector

El régimen permite financiar deudas y multas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo obligaciones impositivas, de seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros por importación, exportación o infracciones.

La tasa de interés de financiación mensual quedó fijada en 2,75%, tomando como referencia la tasa resarcitoria establecida por el Ministerio de Economía. El trámite es completamente digital: debe realizarse con clave fiscal a través del servicio "Mis Facilidades" en el sitio web del organismo, eligiendo la opción correspondiente al Régimen Especial de Facilidades de Pago para obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026. El plazo para adherirse vence el 30 de octubre de 2026.

Pese al anuncio, contadores consultados sobre la medida consideraron que los plazos actuales resultan insuficientes para el nivel de endeudamiento de muchas empresas. Plantearon que serían necesarios esquemas de entre 60 y 120 cuotas —similares a los otorgados recientemente a compañías concursadas— en lugar de planes de 15 o 18 pagos, ya que las cuotas actuales representan un peso significativo para negocios que enfrentan embargos bancarios mientras sostienen el pago de sueldos y proveedores.

También se señaló que existen líneas de crédito para inversión productiva, algunas con participación de bancos provinciales y fondos de garantía, pero que falta una oferta específica de financiamiento para capital de trabajo destinada al sector comercio, uno de los más golpeados por las tasas elevadas en relación con la inflación actual.

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